en parte, de los fundamentos de la SCP 0365/2021-S3 de 14 de julio, al estar de acuerdo con la determinación asumida de denegar la tutela solicitada; sin embargo, resulta necesario efectuar algunas precisiones aclarativas en cuanto a los fundamentos
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

en parte, de los fundamentos de la SCP 0365/2021-S3 de 14 de julio, al estar de acuerdo con la determinación asumida de denegar la tutela solicitada; sin embargo, resulta necesario efectuar algunas precisiones aclarativas en cuanto a los fundamentos

Fecha: 14-Jul-2021

II.

Asimismo, debe aclararse la existencia de hechos controvertidos, debido a que por un lado, María Huanca de Callisaya -vendedora del predio- ahora tercera interesada manifestó en audiencia de la presente acción tutelar la existencia de controversia entre la cantidad de hectáreas otorgadas a los accionantes en calidad de compraventa y la que actualmente poseen, y por otro lado, el Gobierno Autónomo Municipal de Caranavi del departamento de La Paz, a través de sus representantes legales en dicha audiencia, también cuestionaron la extensión en demasía del predio que ocuparían los nombrados, aspectos que deberán ser dilucidados en la vía correspondiente.