SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0332/2021-S4
Fecha: 20-Jul-2021
concedió
La Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante Resolución 01 de 14 de agosto de 2020, cursante de fs. 13 a 15 vta., concedió la tutela solicitada, ordenando a la autoridad demandada que de manera inmediata remita el recurso de apelación ante el Tribunal ad quem; decisión asumida en base a los siguientes fundamentos: 1) No obstante haber sido debidamente notificada, la autoridad demandada no remitió oportunamente su correspondiente informe y tampoco el expediente judicial, lo que obliga a la aplicación del principio de presunción de veracidad respecto a lo expresado por el solicitante de tutela; 2) El imputado fue sometido a medida cautelar de detención preventiva habiendo formulado recurso de apelación incidental al tenor del art. 251 del Código de Procedimiento Penal (CPP); recurso que no fue remitido por la autoridad jurisdiccional ante el Tribunal superior en el plazo previsto en el referido artículo, siendo que hasta la fecha de audiencia de la acción de defensa, el cuaderno procesal aún no había sido elevado en revisión; y, 3) Dicha omisión, al encontrarse vinculada con el derecho a la libertad, hace viable la concesión de tutela mediante la modalidad de pronto despacho.