SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0394/2021-S2
Fecha: 30-Jul-2021
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa imputación formal de 4 de agosto de 2020, dirigido al Juzgado de Instrucción Anticorrupción y de Materia contra Violencia hacia las Mujeres Cuarta de la Capital del departamento de La Paz, contra Federico Martin Villegas Ergueta -ahora accionante- y otros por la presunta comisión de los delitos de cohecho activo, asociación delictuosa y contribuciones y ventajas ilegitimas; solicitando la aplicación de la medida cautelar de detención preventiva (fs. 1 a 12).
II.2. Por memorial presentado el 20 de idéntico mes y año; ante la autoridad demandada, el peticionante de tutela formuló excepción de prejudicialidad e incidentes de actividad procesal defectuosa (fs. 14 a 30).
II.3. Se tiene fotocopia de una acción de libertad de igual fecha interpuesta por Raúl Fernando Ferreira Gonzáles en representación del impetrante de tutela contra Rosmery Lourdes Pabón Chávez, Vocal de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; en la cual, solicitó dejar sin efecto el Auto de Vista de 18 de agosto de 2020 y el Auto Interlocutorio “287/2020” (fs. 40 a 65).