SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0366/2021-S4
Fecha: 03-Ago-2021
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa Informe de Intervención Policial Preventiva Acción Directa de 22 de noviembre de 2017, a través del cual se manifestó que Lilian Rosa Hilda Calderón Mariaca de Chávez –ahora accionante– y Shirley Martínez Loza, habían sido partícipes de una pelea entre ambas, siendo conducidas por tal razón a dependencias de la FELCC (fs. 5 y vta.).
II.2. Consta Resolución de 23 de noviembre de 2017, por el cual se tuvo a la impetrante de tutela conjuntamente la otra nombrada, en calidad de arrestadas (fs. 17 a 18); asimismo, se tiene la Resolución JFM 106/2017 de igual fecha, por la cual Javier Flores Mamani, Juan Carlos Soria, Erlan Almanza Casanovas y Ramiro Jarandilla Maldonado, Fiscales de Materia, requirieron a la autoridad jurisdiccional de turno la aplicación de medidas cautelares (fs. 26 a 28 vta.).
II.3. Mediante Resolución 65/2020 de 11 de marzo, Iván Felipe Azurduy Carranza, Fiscal Departamental de Oruro –hoy codemandado–, determinó revocar la Resolución de sobreseimiento de 8 de noviembre de 2018, disponiendo en consecuencia que se presente acusación contra las imputadas dentro del plazo de diez días de conformidad a lo previsto por el art. 324.III del CPP (fs. 37 a 59).