SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0395/2021-S4
Fecha: 03-Ago-2021
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Mediante Acta de Audiencia de cesación a la detención preventiva de 18 de marzo de 2020, se tiene que dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Wilson Román Banegas –hoy solicitante de tutela–, , por la presunta comisión del delito de tráfico de sustancias controladas, la Jueza de Instrucción Penal Octava del departamento de Santa Cruz –ahora demandada–, resolvió conceder su solicitud de cesación a la detención preventiva, imponiendo las siguientes medidas: “1. La presentación ante el Ministerio Público una vez a la semana los días viernes. 2. Prohibición del salir del país, para lo cual se ordena el arraigo correspondiente. 3. Una Fianza económica en la suma de 30.000 Bolivianos. 4. La detención domiciliaria del imputado de Hrs. 20:00 PM. a Hrs. 06:00 A.M. en el domicilio que ha sido demostrado teniendo el permiso de ausentarse para cumplir con su trabajo que ha sido presentado y acreditado debidamente” (sic [fs. 53 a 60]).
II.2. Cursa Certificado de Depósito Judicial de 18 de marzo de 2020; por el cual, Wilson Román Banegas, efectivizó la cancelación del monto de Bs30 000.- por concepto de fianza económica, establecida por la autoridad judicial ahora demandada (fs. 35).
II.3. Consta “Talón de Control” de 20 de marzo de 2020, concerniente al trámite de arraigo del ciudadano Wilson Román Banegas realizado ante la Dirección Departamental de Migración de Santa Cruz (fs. 32).
II.4. Por memorial presentado el 20 de marzo de 2020, dirigido a la Jueza de Instrucción Penal Octava del departamento de Santa Cruz, el accionante a tiempo de señalar que dio cumplimiento a las medidas sustitutivas a la detención impuestas, solicitó se libre el correspondiente mandamiento de libertad (fs. 4).
II.5. Mediante memorial presentado el 11 de mayo de 2020, dirigido a la autoridad judicial ahora demandada, el impetrante de tutela, refirió haber dado cumplimiento al trámite de arraigo y que se encuentra en riesgo de contagiarse del COVID-19 al ser hipertenso y con presión alta; por lo que, reiteró su solicitud de que se libre el correspondiente mandamiento de libertad (fs. 5 y vta.).