SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0398/2021-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0398/2021-S4

Fecha: 16-Ago-2021

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1. Mediante notas de 12 y 28 de diciembre de 2019 y 3 de febrero de 2020, presentadas al Presidente del Concejo del Gobierno Autónomo Municipal de Quillacollo, Willy Ronald López Mamani solicitó se le otorgue licencia indefinida en el cargo de Concejal Municipal para el que fue elegido; petición que fue concedida mediante decreto de 12 de febrero de igual año, suscrito por el Presidente del Concejo Municipal de Quillacollo, en cumplimiento del art. 52 del Reglamento General del Concejo del Gobierno Autónomo de Quillacollo, otorgándose licencia indefinida sin goce de haberes (fs. 7 y 8).

II.2. Por memorial presentado el 29 de junio de 2020 al Presidente del Concejo Municipal de Quillacollo, el ahora impetrante de tutela dio a conocer lo resuelto en el Auto de Vista de 24 de junio de 2020, emitido por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, haciendo saber que retomará sus funciones como concejal munícipe de dicho municipio; en ese mismo sentido, a través de nota de 13 de julio del mismo año, Willy Ronald López Mamani, solicitó al Presidente del Concejo del ente Municipal, la habilitación de teletrabajo, reiterada por nota de 20 del mismo mes y año; peticiones que merecieron como respuesta la nota C.M.Q. PDTE. 001/20 de 20 de julio de 2020, suscrita por Valerio Ramos Chipana, Presidente del Concejo Municipal de dicho municipio, –hoy demandado–, señalando que en tanto no se cumpla lo dispuesto en la resolución pronunciada en apelación, como es la acreditación ante el juez de instancia de la actividad laboral a desarrollar y los horarios de trabajo, el Concejo Municipal no podía dar curso a lo solicitado; y no obstante haberse presentado memorial de reconsideración el 21 de igual mes y año, tal determinación fue ratificada por nota C.M.Q. PDTE. 002/20 de 17 de agosto de 2020, suscrita por la misma autoridad ya nombrada (fs. 10; 11; 12 a 13 vta.; 14; 122; y, 127).

II.3. A través del Acta 55/2020 de 3 de noviembre, se acredita que Willy Ronald López Mamani, participó de dicha sesión como Concejal Munícipe, quien en su primera intervención señaló en lo pertinente: “…de esta manera voy a reasumir mi cargo como Concejal por lo cual hemos sido electos, tal vez hemos sobrepasado los 5 años pero por la coyuntura política que estamos atravesando no se nos impide seguir con nuestra tarea de fiscalización, deliberación, legislación por ese motivo tomaré mi curul, gracias presidente” (sic) (fs. 151 a 157).

II.4. Por Resolución Municipal 030/2021 de 19 de febrero, se designa a Willy Ronald López Mamani, como Alcalde Suplente temporal del Gobierno Autónomo Municipal de Quillacollo del departamento de Cochabamba (fs. 119 a 120).