SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0399/2021-S4
Fecha: 16-Ago-2021
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Por Memorandum ADM-198/2017 de 25 de julio, el Administrador Egional de la CNS-Oruro, ratificó al accionante en el cargo de Asesor Legal a..i. de dicha entidad, siendo posteriormente designado como Profesional III-Jurídico-Administración Regional-Oruro a partir del 3 de septiembre de 2018, a través de Memorandum JRH-600-908-2018 de 24 de julio y ratificado en el mismo puesto mediante Memorandum JRH-600-1390-2018 de 29 de noviembre (fs. 3 a 5).
II.2. Mediante Resolución de imputación formal de 21 de enero de 2019, el Ministerio Público, a denuncia de Juan Max Gonzales Gallegos, Administrador de la CNS-Oruro, imputó a Einar Igor Laura Quispe y otros, por la presunta comisión del ilícito de incumplimiento de deberes, solicitando la imposición de medida cautelar de detención preventiva (fs. 49 a55)
II.3. A través de Memorandum JRH-603-2019 de 3 de junio, el Administrador Regional, el Supervisor Administrativo a.i. Recursos Humanos (RR.HH), el Jefe de Servicios Generales y el Jefe Médico Regional a.i., todos de la CNS Regional Oruro, agradecieron al peticionante de tutela por los servicios prestados, señalando que dicha remoción se sustentaba en facultades y atribuciones de aquella entidad y se debía al proceso de reestructuración a llevarse adelante (fs. 6).
II.4. Mediante memorial presentado el 23 de abril de 2019, dirigido al Representante Legal de la Unidad del Adulto Mayor de la entidad municipal citada, los accionantes solicitaron su intervención a fin de que sean escuchados y se les otorgue fecha y hora de audiencia con la Máxima Autoridad (MAE) y exista un análisis sobre su problema; pidiendo a la vez, se responda a su escrito de 8 de abril de igual año (fs. 9).
II.5. La Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, mediante Resolución Constitucional 162/2019 de 18 de octubre, concedió la tutela impetrada por Einar Igor Laura Quispe, dentro de la acción formulada por su parte contra la Juan Max Gallegos Gonzales, Administrados a.i. de la CNS Regional Oruro, por incumplimiento de la Conminatoria 185/2012 de 20 de septiembre, disponiendo que la autoridad demandada cumpla con aquella determinación administrativa en los términos en ella dispuestos; es decir, la reincorporación del trabajador en el plazo de tres días hábiles improrrogables al mismo puesto que ocupaba, más el pago de salarios devengados y todos sus derechos sociales que correspondan a la fecha de su restitución (fs. 28 a 32 vta.).
II.6. El 24 de diciembre de 2019, Einar Igor Laura Quispe, presentó ante el Administrador Regional a.i. de la CNS Regional Oruro, nota de reiteración de pago de sueldos devengados, solicitando se proceda a su cancelación conforme Resolución Constitucional 162/2019; pretensión formulada por tercera vez el 12 de febrero de 2020 y, por cuarta vez, el 1 de junio de 2020, haciendo constar que no recibió respuesta alguna a sus anteriores misivas (fs. 7 a 9)