SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0401/2021-S4
Fecha: 16-Ago-2021
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Cuarta Especializada; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 082/2020 de 8 de octubre, cursante de fs. 221 a 226, pronunciada por la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca; y, en consecuencia:
1º CONCEDER en parte la tutela con relación al derecho a la petición, debiendo el Gerente Regional Chuquisaca a.i. de la ABC, poner en conocimiento de la asociación impetrante de tutela, la respuesta a la solicitud presentada el 8 de septiembre de 2020, en el plazo de veinticuatro horas computables a partir de su legal notificación con la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.
2º DENEGAR la tutela respecto a los demás derechos al trabajo, a dedicarse al comercio, a la industria o cualquier actividad económica lícita; al debido proceso en sus elementos motivación y congruencia, a la defensa, a recurrir, al debido procedimiento administrativo, conforme los fundamentos expuestos en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano MAGISTRADO | René Yván Espada Navía MAGISTRADO |