SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0410/2021-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0410/2021-S4

Fecha: 17-Ago-2021

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1. Cursa Certificado de Registro Judicial de Antecedentes Penales (REJAP) emitido el 16 de septiembre de 2019; por el cual, se evidencia que Juan Antonio Pedraza Hurtado –hoy accionante−, no registra antecedente penal referido a Sentencia condenatoria ejecutoriada, declaratoria de rebeldía o suspensión condicional del proceso (fs. 29).

II.2. Por memorial presentado el 1 de octubre de 2019, Francoise Cecilia Barrón Márquez, Fiscal de Materia, solicitó al Juez de Instrucción Penal Décimo Primero del departamento de Santa Cruz, aplicación de procedimiento abreviado, en favor del impetrante de tutela en el proceso seguido en su contra por el delito de robo agravado en consecuencia se le imponga tres años de privación de libertad en el Centro de Rehabilitación Santa Cruz “Palmasola” (fs. 26 a 28 vta.).

II.3. Consta Acta de audiencia de procedimiento abreviado de 4 de marzo de 2020, en la cual el Ministerio Público en mérito a un acuerdo entre la víctima y el imputado, solicitó la aplicación en favor de este último de la salida alternativa de procedimiento abreviado, adhiriéndose a esta petición la parte civil sin objeción alguna (fs. 31 a 32).

II.4. Cursa Sentencia de 4 de marzo de 2020, emitido por Luis Esteban Loza Quaglini, Juez de Instrucción Penal Décimo Primero del citado departamento –hoy autoridad demandada–, en la cual, previa aceptación de la culpa y la pena privativa de libertad de tres años, por parte del impetrante de tutela, declarándolo culpable por la comisión del delito de robo agravado, dispuso su condena por el tiempo señalado, ordenando se expida el mandamiento respectivo; advirtiendo además que dicha Resolución es recurrible en aplicación de los arts. 180 de la CPE; y, 407 del CPP (fs. 33 a 35).

II.5. Se tiene memorial presentado el 20 de marzo de 2020, por Juan Antonio Pedraza Hurtado, en el cual solicitó al Juez ahora demandado señalamiento de día y hora de audiencia para considerar la suspensión condicional de la pena a su favor, en consideración a la Resolución de 4 del mismo mes y año (fs. 14 y vta.).

II.6. Mediante providencia de 20 de marzo de 2020, firmado por la autoridad demandada; por la cual, se fija audiencia para la consideración de la suspensión condicional del proceso para el 1 de abril de igual año (fs. 37).