SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0411/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0411/2021-S3

Fecha: 18-Ago-2021

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:

II.1. Cursa Contrato Administrativo GAMSC/CE 1382/2019-SMDH-SALUD de 2 de enero; a través del cual, se contrata los servicios personales de David Angulo Egüez -ahora peticionante de tutela-, como servidor público en el puesto de Auxiliar B, con nivel salarial de Bs3 695,43.- (tres mil seiscientos noventa y cinco 43/100 bolivianos), siendo su plazo de vigencia a partir de la firma de aceptación del contratado, refrendado con el sello de la Secretaria Municipal de RR.HH. hasta el 31 de diciembre de 2019, con carácter improrrogable y expiración a solo vencimiento de término, ratificándose en la cláusula novena, en lo que refiere que el contrato quedará extinguido automáticamente por el cumplimiento del plazo -entre otros- (fs. 39 a 41).

II.2. Consta Conminatoria de Reincorporación Laboral JDTSC/FRC-A.I./CONM. 026/2020 de 2 de marzo, por la cual, Freddy Rojas Coronado, Jefe Departamental de Trabajo de Santa Cruz dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, determinó conminar a Angélica Sosa de Perovic, Alcaldesa interina del GAM de Santa Cruz de la Sierra -hoy accionada-, a la reincorporación inmediata del accionante, al mismo puesto que ocupó al momento de su retiro, debiendo pagarse los sueldos devengados desde el despido injustificado en aplicación del DS 0495 y cualquier otro beneficio inherente, decisión notificada a la entidad edil el 18 de marzo de 2020, conforme el sello de recepción de la Dirección General Municipal (fs. 12 a 14).