SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0411/2021
Fecha: 09-Ago-2021
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR en parte la Resolución 02/2020 de 21 de septiembre, cursante de fs. 320 a 325 vta., pronunciada por la Jueza Pública Civil y Comercial y de Familia Tercera de Riberalta del departamento de Beni; y en consecuencia:
1º CONCEDER la tutela;
2º Disponer el cumplimiento integral de la Conminatoria 08/2020 de 18 de agosto de 2020;
3º Resguardar el derecho de preferencia de recontratación de los trabajadores estacionales o temporales conforme al art. 5 de la Ley Trabajo Asalariado del Beneficiado de la Castaña para posteriores campañas; y,
4º Se hace notar que la conminatoria no constituye una resolución definitiva respecto a la situación laboral del trabajador siendo netamente provisional la otorgación de la tutela puesto que las autoridades administrativas o judiciales en materia laboral son las idóneas para resolver en el fondo y con carácter definitivo la misma.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. MSc. Carlos Alberto Calderón Medrano
MAGISTRADO
Fdo. MSc. Brigida Celia Vargas Barañado
MAGISTRADA