SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0424/2021-S4
Fecha: 17-Ago-2021
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1 En cumplimiento a la RA 07/2020 del Consejo Administrativo de COTES Ltda., se emitió la Convocatoria a Concurso de Méritos y Examen de Competencia 001/2020 de 30 de enero, invitando públicamente a todos los profesionales a participar del concurso de méritos y examen de competencia para ocupar el cargo de Gerente General de la indicada entidad, bajo el cumplimiento de requisitos y condiciones detallados en dicha Convocatoria, misma que fue lanzada el 1 de febrero de 2020, en el periódico de circulación nacional Correo del Sur (fs. 7 y 34).
II.2. El Presidente de la Comisión de Evaluación de COTES Ltda., mediante CITE OF.: CE GG 001/2020 de 15 de septiembre, dirigida a Ariel Aníbal González Romero –ahora accionante–, dentro del proceso de reclutamiento y selección de personal para el cargo de Gerente General, solicitó la aclaración sobre cuál fue la forma de su acceso al cargo de Gerente General de la Empresa Constructora SHS, cuyo certificado de trabajo (2003-2005) consta en la documentación presentada; así como, cuál es la estructura organizacional de dicha empresa, al advertir que su desempeño como Gerente General en la citada empresa fue en fechas anteriores a la obtención del Título en Provisión Nacional (2005), debiendo hacer llegar su respuesta hasta el 16 de septiembre de igual año (fs. 2).
II.3. Mediante cite de 16 de septiembre de 2020, dirigida al Presidente de la Comisión de Evaluación, el hoy impetrante de tutela aclaró los puntos solicitados por nota de 15 de igual mes y año, señalando al punto uno que asumió el cargo de Gerente General de la Empresa Constructora SHS, por invitación directa de sus propietarios, quienes conocedores de su formación académica, profesionalismo e idoneidad consideraron su nombre para asumir dichas funciones, indicando que no es usual en las empresas privadas que el Gerente General sea contratado entre un conjunto de aspirantes, sino que es el resultado de un cargo de confianza, además de aclarar que influyó mucho para que ocupe dicho cargo el hecho de que su persona cursó la Maestría en Relaciones Internacionales mención Economía y Finanzas con sede en Quito-Ecuador. Indicando respecto al Título en Provisión Nacional que dicho requisito puede ser exigido en la función pública o en empresa como COTES Ltda.; sin embargo, en el campo de la empresa privada, el no contar eventualmente con Título en Provisión Nacional, no impide ni se contrapone al título profesional que otorga la Universidad, que fue entregado el 15 de diciembre de 2000; por lo cual, no existe óbice alguno para que se le restrinja la posibilidad de que su persona hubiera ocupado el cargo de Gerente de la indicada empresa. Aclarando respecto a la estructura organizacional de dicha empresa que esta contemplaba a la Gerencia General, Tres Direcciones: Asesoría Legal, Administrativa y Técnica, estructura de la que en su momento su persona tenía conocimiento. Por lo que, en virtud de haber aclarado los puntos requeridos por la Comisión de Evaluación, solicitó sea admitida su postulación (fs. 3 a 4).
II.4. Por nota de 22 de septiembre de 2020, Ariel Aníbal González Romero, dirigida al Presidente de la Comisión de Evaluación de la Convocatoria 001/2020, señalando que luego de efectuadas sus aclaraciones requeridas, tuvo conocimiento que la Comisión que preside hubiera convocado a los postulantes para que los mismos puedan rendir el examen como uno de los pasos dentro del proceso de calificación, sin haber sido convocada su persona; por lo que, considera dicha situación injusta, razón por la que solicitó una respuesta formal a la nota presentada el 17 de septiembre de 2020, cuáles los motivos por las que se le excluyó del proceso, pidiendo en todo caso se reconsidere tal situación, aclarando que a partir de esa comunicación oficial se habilitarían los recursos administrativos de revocatoria y jerárquico correspondientes (fs. 5 a 6).
II.5. Cursa Convocatoria a Concurso de Méritos y Examen de Competencia 001/2020 de 30 de enero, por la cual el Consejo de Administración de COTES Ltda., invitó públicamente a todos los profesionales a participar del concurso de méritos y examen de competencia para ocupar; entre otros, el cargo de Gerente General, en dicha Convocatoria se detalló los requisitos y condiciones para ejercer el cargo, entre ellos, Título en Provisión Nacional de administrador de empresas, ingeniero en telecomunicaciones, de sistemas, comercial u otras profesiones del área, de acuerdo a las normas generales establecidas en dicha Convocatoria (fs. 39)
II.6. Dentro del Manual de Procedimiento Reclutamiento y Selección de Personal de COTES Ltda., se tiene contemplado en el Capítulo I, acápite 4.6.1. que los Informes de las comisiones calificadores definidas en este Reglamento deberán ser sometidas a conocimiento, consideración y aprobación por el Consejo de Administración, en el caso de Gerente General, Gerente Sectorial y Jefes de Área.
Así también el acápite 4.1 NORMAS GENERALES, se señala el carácter estrictamente confidencial de los documentos utilizados en el proceso de reclutamiento y selección de personal, no permite dar a conocer información alguna acerca del análisis y evaluación de candidatos, a los postulantes y personas que no estén oficial y expresamente autorizadas por la Cooperativa, hasta la finalización del proceso.
En el acápite 4.6 COMISION DE EVALUACIÓN, se establece que la Comisión de Evaluación es un órgano colegiado responsable de la revisión del proceso de reclutamiento, calificación y selección de los postulantes, variando la composición de dicha comisión en función al nivel jerárquico del cargo vacante; resumiéndose en cuatro comisiones calificadoras contempladas en el Manual de referencia, determinando que los informes de las comisiones calificadoras definidas en el Reglamento deberán ser sometidas a conocimiento, consideración y aprobación por el Consejo de Administración, en el caso de Gerente General, Gerente Sectorial y Jefes de Área.
En el CAPITULO II. RECLUTAMIENTO Y SELECCIÓN DEL GERENTE GENERAL del mencionado Manual se establecen las siguientes fases:
5.1.- El Consejo de Administración emite la orden de reclutamiento y selección de contratación del Gerente General.
5.2.- En base al original de la solicitud de reclutamiento, la División de Recursos Humanos elabora un modelo de convocatoria al concurso de méritos y examen de competencia.
5.3.- Relaciones Públicas recibe de la División de Recursos Humanos el modelo de la convocatoria y gestiona la publicación por tres días en prensa escrita local y nacional
5.4.- La Comisión de Evaluación recepciona y registra en libros los sobres cerrados que contienen las solicitudes de empleo y hoja de vida. La Comisión de evaluación procede a la evaluación y llenado de las tablas de calificación de méritos que es actualizada por Recursos Humanos, quien una vez realizada la labor devuelve las tablas correspondientes a la Comisión Evaluadora.
5.6.- La Comisión de Evaluación verifica la conformidad de la información recibida aprueba la tabla de calificación de méritos e instruye al Jefe de Recursos Humanos citar a los candidatos para el examen de competencia
5.8.- La Comisión de Evaluación realiza la prueba a los candidatos, una vez concluida la misma, dicha comisión actualiza la tabla, define la lista de candidatos a ser entrevistados, la fecha, lugar, el orden y la hora de entrevista.
5.10.- En base a los formularios de Evaluación de entrevistas, la Comisión de Evaluación elabora la guía de entrevistas, una vez concluida la misma, completan la calificación de méritos, examen de competencia y entrevista y proceden al llenado del formulario de elegibles, el cual es finalmente envidado al Consejo de Administración.
5.11.- El Consejo de Administración tiene la potestad de elegir el candidato mediante resolución expresa, del formulario de elegibles presentado por la Comisión de Evaluación. Finalmente con la resolución de nombramiento del candidato, instruye al asesor legal realizar el contrato respectivo (fs. 40 a 55 vta.).