SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0425/2021-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0425/2021-S4

Fecha: 17-Ago-2021

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1. El Tribunal Disciplinario de la Dirección Distrital de Educación La Paz-2, por Auto Inicial de Proceso Disciplinario 005/2019 de 11 de marzo, resolvió instaurar proceso disciplinario contra la Directora de la Unidad Educativa San Andrés “A”, Alicia Callisaya Tórrez, por la supuesta infracción de faltas disciplinarias insertas en los arts. 10 incs. ll) y p); y, 11 inc. d) del Reglamento de Faltas y Sanciones del Magisterio, Personal Docente y Administrativo (fs. 36 a 40).

II.2. Dentro del proceso disciplinario seguido contra Alicia Callisaya Torrez, Directora de la UE San Andrés “A” y otra, el Tribunal Disciplinario de la Dirección Distrital de Educación La Paz-2, por Auto Final de Proceso Disciplinario 020/2019 de 28 de junio, resolvió fallar sancionado a Alicia Callisaya Tórrez, con la sanción prevista en el art. 13 inc. c) de la RS 212414, con destitución del cargo, por existir elementos de convicción de culpabilidad y no haber desvirtuado en su totalidad las faltas cometidas en el ejercicio de sus funciones, establecidas en los arts. 10 incs. ll) y p); y, 11 inc. d) de le RS 212414, por no haberse seguido procedimiento conforme a normativa vigente (fs. 45 a 64).

II.3. Contra el Auto Final de Proceso Disciplinario 020/2019 de 28 de junio, la ahora impetrante de tutela formuló recurso de revocatoria ante el Presidente y miembros del Tribunal Disciplinario de la Dirección Distrital de Educación La Paz-2 (fs. 65 a 72 vta.).

II.4. El Tribunal Disciplinario de la Dirección Distrital de Educación de La Paz 2, mediante Resolución 27/2019 de 23 de agosto, resolvió los recursos de revocatoria interpuestos por Alicia Callisaya Torrez y Gladys Angélica Macías Lovera, contra el Auto Final de Proceso Disciplinario 020/2019 de 28 de junio, disponiendo rechazar las impugnaciones planteadas, por carecer de argumentos que respondan a los principios que rigen la administración pública contemplados en la Ley 2341 –Ley de 23 de abril de 2002–, manteniendo firme y subsistente el tenor íntegro del Auto Final de Proceso Disciplinario (fs. 21 a 24).

II.5. Cursa Resolución de Recurso Jerárquico 21/2019 de 26 de septiembre, emitida por el Director Departamental de Educación de La Paz, por la que resolvió admitir el recurso jerárquico interpuesto por Alicia Callisaya Torrez y otra, determinando a su vez confirmar la Resolución 27/2019 de 23 de agosto, pronunciada por el Tribunal Disciplinario de la Dirección Distrital de Educación de La Paz-2, que resolvió ratificar el Auto Final de Proceso Disciplinario 020/2019 de 28 de junio, por el cual se sanciona a Alicia Callisaya Tórrez, con destitución del cargo (fs. 105 a 118).

II.6 Por Memorándum DDELP-2 567/2019 de 1 de octubre, el Director Distrital de Educación de La Paz-2, comunicó a Alicia Callisaya Torrez –accionante–, que en cumplimiento de la Resolución de Recurso Jerárquico 21/2019 de 26 de septiembre, emitido por el Tribunal Disciplinario del Distrito de Educación de La Paz-2, que ratificó la Resolución de Auto Final del Proceso Disciplinario 020/2019 de 28 de junio, por el cual se le sanciona con destitución del cargo, mismo que fue recibido por la impetrante de tutela el 2 de octubre de 2019 (fs. 4).