SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0456/2021-S2
Fecha: 25-Ago-2021
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Consta Memorándum Cite 0341/2017 de 1 de febrero, mediante el cual el ahora impetrante de tutela fue designado interinamente y con carácter provisional como Técnico en Control Aduanero II de la Gerencia Regional Oruro (fs. 33).
II.2. Mediante Memorándum Cite 1218/2018 de 30 de mayo, Luis Víctor Batallanos Murillo, fue designado interinamente y con carácter provisional en el cargo de Técnico en Control Operativo II de la Unidad de Coordinación Operativa e Investigación de la Gerencia Regional Cochabamba (fs. 34).
II.3. Cursa Memorándum Cite 0662/2018 de 29 de octubre, mediante el cual el peticionante de tutela fue designado interinamente y con carácter provisional como Técnico en Control Operativo II dependiente de la Unidad de Coordinación Operativa e Investigación de la Gerencia Regional Santa Cruz (fs. 35).
II.4. Mediante Memorándum Cite 3133/2018 de 17 de diciembre, el accionante, fue designado interinamente y con carácter provisional en el cargo de Técnico Aduanero II dependiente de la Administración Aduana Aeropuerto Cochabamba de la Gerencia Regional de ese departamento (fs. 36).
II.5. Consta Memorándum Cite 0721/2020 de 13 de marzo, mediante el cual, se dispuso el retiro de Luis Víctor Batallanos Murillo de la institución en virtud al carácter provisional de su designación (fs. 37).