SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0460/2021-S4
Fecha: 27-Ago-2021
II. CONCLUSIONES
Del análisis y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. A través de Oficio 452/2020 de 21 de agosto, suscrito por Jorge Luis Cruz López Antelo, Juez de Sentencia Penal Cuarto del departamento der Santa Cruz, dirigido a la Junta Médica dependiente del Instituto de Investigaciones Forenses (IDIF), ordenó a dicha Junta que emita Informe y valoración médica del estado de salud de Ali Marcelo Limón Camacho –ahora accionante–, dentro del proceso penal seguido contra éste por el Ministerio Público por la supuesta comisión de los delitos de falsedad material falsedad ideológica y otros, especificando que, en audiencia de Juicio Oral de 19 de agosto de 2020, ante la incomparecencia del procesado se ordenó el traslado de las partes a la “Clínica de Fundación Bartimeo” donde se encuentra internado el referido acusado, siendo suspendida dicha audiencia por descompensación del encausado; y con el fin de establecer el estado de salud del encausado y su posibilidad de constituirse en audiencia de Juicio Oral, se ordena a dicha Junta Médica a informar: Respecto al estado actual de salud del acusado y el tratamiento que debe seguir, y se establezca de manera clara y precisa, si es que se encuentra estable de salud, y apto para someterse a la audiencia de Juicio Oral señalada para el miércoles 2 de septiembre de 2020 a las 09:45 a llevarse a cabo en el Salón de Audiencias del Palacio de Justicia. Asimismo, consta que una vez recepcionado dicho oficio por el IDIF de Santa Cruz, entidad que mediante decreto de 25 de agosto de 2020 designó a los miembros de la Junta Médica para la valoración del estado de salud de Ali Marcelo Limón Camacho, designándose a Athina Zoraya Zambrana Machuca, Percy Said Cuellar Almendras y Alexa Janina Burgos Bejarano, médicos del IDIF (fs. 357 y vta.)
II.2. Cursa Acta de Junta Médica de 27 de agosto de 2020, suscrita por los ahora demandados, que señala que en instalaciones de la “Clínica de Fundación Bartimeo” en cumplimiento de lo dispuesto por orden judicial suscrita por Jorge Luis Cruz López Antelo, Juez de Sentencia Penal Cuarto del departamento de Santa Cruz, a las 10:00 se inició la Junta Médica Legal encomendada a objeto de establecer: “SU ESTADO ACTUAL DE SALUD, el tratamiento a seguir, debiendo establecerse de manera clara y específica si el acusado referido se encuentra estable de salud, apto y habilitado para someterse a la audiencia de juicio oral señalada para el Miércoles 01 de Septiembre de 2020 a horas 9:45” (fs. 358).
II.3. Consta Informe de Junta Médica del IDIF, suscrita por los demandados, que luego de referir los antecedentes médicos del paciente Ali Marcelo Limón Camacho –hoy accionante–, concluyó que: 1) El estado de salud actual del paciente es bueno, con presión arterial 110/70mmHg, frecuencia respiratoria 22 respiraciones por minuto, frecuencia cardiaca 94 latidos por minuto, temperatura corporal 36°C, y saturación de oxígeno 98%. Estado Cognitivo adecuado, no presenta signos de descompensación cardíaca ni respiratoria; y, 2) Respuesta a orden judicial-Buen estado de salud, estado cognitivo adecuado, se encuentra clínicamente estable apto y habilitado para someterse a la audiencia de juicio oral de 2 de septiembre de 2020, salvo el mismo sujeto incurra en acciones para inducir un estado de salud desfavorable para dicho efecto. (fs. 359 a 362 vta.).