SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0472/2021-S4
Fecha: 31-Ago-2021
II.CONCLUSIONES
Del análisis y de la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa Resolución Municipal 082/2019 de 27 de noviembre; por la que, el Concejo del Gobierno Autónomo Municipal de Camiri, aceptó la renuncia irrevocable de Franz Iván Valdez Torrico a su cargo de Alcalde, eligiendo y designando al ahora accionante como nuevo Alcalde hasta la culminación del mandato municipal 2015 - 2020 (fs. 11 a 12).
II.2. Por Resolución Constitucional 01/2020, pronunciada por el Juez Público Civil y Comercial Primero de Camiri del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Carlos Gambarte Guereca –hoy accionante– contra los Concejales del Gobierno Autónomo Municipal de Camiri; se concedió la tutela impetrada y se dejó sin efecto la Resoluciones Municipales 02/2020, 03/2020 y 52/2020 que abrogaron la RM 082/2020;, por la que, se designó como Alcalde a la ahora impetrante de tutela (fs. 161 a 171 vta.).
II.3. Mediante la RM 60/2020 de 28 de agosto, el Concejo del Gobierno Autónomo Municipal de Camiri, abrogó la RM 082/2019 (fs. 373 a 382); es así que, por la RM 061/2020 de igual fecha, se designó Alcalde interino (fs. 395 a 405); asimismo, por la RM 66/2020 de 22 de septiembre, se ratificó la RM 061/2020 que designo nuevo Alcalde municipal (35 a 39).
II.4. A través de la Carta notariada Cite OF 0434/2020 de 3 septiembre, el accionante dirigida a la Presidenta del Concejo Municipal del Gobierno Autónomo Municipal Camiri, solicitó el cumplimiento del art. 12 de la Ley 482 y la Resolución constitucional 01/2020 (fs. 305 y 306 a 309); que fue respondida, por nota C.M.C. OF 379-A/2020 de 29 de octubre (310 a 311).