SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0473/2021-S3
Fecha: 12-Ago-2021
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución
AC-002/2020 de 22 de octubre, cursante de fs. 396 a 404, pronunciada por la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba; y, en consecuencia:
CORRESPONDE A LA SCP 0473/2021-S3 (Viene de la página 20)
1° CONCEDER la tutela solicitada, disponiendo se permita el acceso del impetrante de tutela a los ambientes del Gobierno Autónomo Municipal de
Cochabamba, ubicado en la Plaza de Armas 14 de Septiembre, el cese del resguardo ejercido sobre dichos ambientes por la Guardia Municipal, y se permita cumplir con la determinación asumida en la Resolución Municipal 8611/2020 de 13 de octubre, por la que se designó al peticionante de tutela como Alcalde suplente temporal.
2° Exhortar a Jeanett Norah Chamo Urquieta y Mirtha Gaby Meneses Gómez, Vocales de la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, a que en futuras actuaciones observen el plazo de remisión de antecedentes dispuesto en el art. 134.IV de la CPE.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
MAGISTRADA
Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori
MAGISTRADO