SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0477/2021-s3
Fecha: 13-Ago-2021
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 06/2020 de 3 de septiembre, cursante de fs. 187 a 191, pronunciada por la Jueza de Sentencia Penal Novena de la Capital del departamento de Cochabamba; y, en consecuencia:
1º CONCEDER en parte la tutela respecto al Juez de Instrucción Penal y contra la Violencia hacia la Mujer Primero de la EPI-NORTE de la Capital del departamento de Cochabamba, por lesión del derecho al debido proceso y del
CORRESPONDE A LA SCP 0477/2021-S3 (viene de la pág. 21)
principio a la celeridad vinculados con el derecho a la libertad de los accionantes, con los mismos efectos dispositivos de la Jueza de garantías; y,
2° DENEGAR la tutela en relación a los Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, el Juez de Instrucción Penal Quinto de la Capital del departamento de La Paz y la denuncia de lesión de las garantías de presunción de inocencia y tutela judicial efectiva; y, los principios de in dubio pro reo, favorabilidad y seguridad jurídica, por las razones expuestas en el presente fallo.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
MAGISTRADA
Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori
MAGISTRADO