SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0543/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0543/2021-S3

Fecha: 30-Ago-2021

II. CONCLUSIONES

De la revisión de los antecedentes que cursan en el expediente se establece lo siguiente:

II.1. Cursa Resolución Administrativa 103/2018 de 10 de diciembre, emitida por el Tribunal Disciplinario Departamental de Tarija, a través de la cual, entre otras determinaciones, resolvió dictar Resolución Sancionatoria con baja definitiva de la Policía Boliviana sin derecho a reincorporación en contra de Juan Pablo Palacios Escalante -ahora peticionante de tutela- por la transgresión al art. 12.14, que señala: “Omitir el parte de novedades administrativas con relación al manejo logístico de la unidad o las novedades del servicio policial”; art. 13.3, que prevé: “No extender valor fiscal al imponer multas o por la presentación de servicios policiales”; y núm. 4, que dispone: “No depositar oportunamente u disponer arbitrariamente de dinero proveniente de las recaudaciones policiales”; y, art. 14.4, que señala: “Recibir como consecuencia de las funciones policiales dádivas y otros beneficios personales”, todos de la Ley 101, en observancia al art. 93 de la misma Ley (fs. 635 a 665 vta. Anexo Dos).

II.2. Consta memorial presentado el 3 de enero de 2018, a través del cual Fernando Yapu Jala y Alfredo Paco Yapu, formularon desistimiento de la acción penal y civil, ante el Fiscal de Materia de Tarija, alegando que en su condición de víctimas no seguirán con el proceso iniciado contra el “imputado” Juan Pablo Palacios Escalante, y que no existiría oposición a que los denunciados se beneficien con cualquier salida alternativa o extinción de la acción penal que éstos pudieran solicitar (fs. 685 y vta. Anexo Dos).

II.3. El accionante el 24 de diciembre de 2018, interpuso recurso de apelación contra la Resolución Administrativa 103/2018 (fs. 671 a 683 Anexo Dos).

II.4. Mediante Resolución 123/2019 de 3 de septiembre, los miembros del Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Boliviana -ahora accionados-, resolvió declarar improbado el recurso de apelación planteado por el ahora impetrante de tutela y probado el recurso de apelación interpuesto por Martín Omar Bautista Chambi y revocó en parte la Resolución Administrativa 103/2018, emitida por el Tribunal Disciplinario Departamental de Tarija, de conformidad con el art. 98.2 de la Ley 101, con la finalidad de que se dicte una nueva Resolución en lo referente al punto observado (fs. 749 a 765 Anexo Dos).