SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0562/2021-S3
Fecha: 30-Ago-2021
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución 01/2020 de 14 de junio, cursante de fs. 30 a 31 vta., pronunciada por el Juez de Instrucción Penal Segundo de la Capital del departamento de Pando; y, en consecuencia:
1° CONCEDER en parte la tutela solicitada, respecto del derecho al debido proceso en sus elementos de fundamentación y motivación, conforme a los fundamentos jurídicos expuestos en este fallo constitucional.
a) Dejar sin efecto el Auto 016/2020 de 12 de junio, emitido por la Jueza Pública de la Niñez y Adolescencia Primera de la Capital del departamento de Pando; y en consencuencia, se emita uno nuevo en base a los lineamientos jurídicos de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.
2° DENEGAR la tutela solicitada con relación al derecho a la igualdad y a los principios de seguridad jurídica y legalidad.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori
MAGISTRADO
Fdo. MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
MAGISTRADA