SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0483/2021-S4
Fecha: 02-Sep-2021
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, es establece lo siguiente:
II.1. A través del memorial sin fecha ni cargo de recepción, firmado por Alexey Chernyshev –ahora accionante–, solicitó al Juez Anticorrupción y Contra la Violencia hacia la Mujer Primero del departamento de La Paz, –ahora demandado–, que conmine al Ministerio Público para que pronuncie su requerimiento conclusivo respecto a la denuncia formulada en su contra, tomando en cuenta que el plazo para las investigaciones preliminares se encuentra vencido y que su esposa fue acusada formalmente en el mismo caso, sin que se hubiera suspendido los plazos de dicho proceso; memorial que mereció el decreto de 3 de julio de 2020, por el cual el Juez de la causa dispuso que por Secretaría se emita la correspondiente conminatoria a la Etapa Preliminar si corresponde (fs. 18 a 19).
II.2. Por memorial presentado el 31 de agosto de 2020 ante el Juez hoy cuestionado, el solicitante de tutela señalando que la conminatoria para el Ministerio Público que fue dispuesta, no se efectivizó, solicitó que se realice dicha diligencia por cualquier funcionario remitiendo la referida conminatoria en el día; disponiendo la autoridad jurisdiccional por decreto el 1 de septiembre del mismo año, que se proceda como se pide por Secretaría; en cuyo mérito se emitió el Auto de Conminatoria de Etapa Preliminar 451/2020 de fecha “11 de agosto de 2020”, con cargo de recepción en la Fiscalía Departamental de La Paz, 11 de septiembre de 2020, por el cual dispuso que el Fiscal a cargo de la investigación, presente dentro del plazo de cinco días desde su notificación, la Resolución conclusiva. (fs. 20 a 22).