SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0500/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0500/2021-S2

Fecha: 01-Sep-2021

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1. Cursa el folio real, expedido el 20 de febrero de 2020, de la matrícula computarizada 7.01.1.99.0163721, que en el casillero A, sobre titularidad de dominio, en el asiento número 2, figura el nombre de Mary Luz Vela Gavillo, del lote de terreno UV 115, manzana 25, lote 28, con una superficie de 473,60 m2, registrado de 11 del mismo mes y año (fs. 2).

II.2. Se tiene igualmente el folio real expedido el 7 de octubre de 2020 que corresponde a la matrícula computarizada 7.01.1.06.0182115, que en el casillero A de titularidad sobre de dominio, en el asiento número 1, figura a nombre de Young Han Yoon, de lote de terreno manzana 25, UV 115, lote 28 con una superficie de 469,76 m2 registrado el 17 de febrero de 1995 (fs. 188).

II.3. A través de la documental presentada por el demandado René Román Chacón, consta el proceso penal sustanciado en el Juzgado de Instrucción Penal Sexto de la Capital del departamento de Santa Cruz, seguido por René Román Chacón, contra Mary Luz Vela Gavillo, Ena Vaca Landivar y otros por la presenta comisión del delito de falsedad material, falsedad ideológica, uso de instrumento falsificado y asociación delictuosa (fs. 31 a 157).

II.4. De igual forma se tiene documentación relativa al proceso penal instaurado por Mary Luz Vela Gavillo en contra de Ena Vaca Landivar, por la presunta comisión de los delitos de estafa y estelionato, radicado en el Juzgado de Instrucción Penal Cuarto de la Capital del departamento de Santa Cruz (fs. 158 a 175).