SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0520/2021-S2
Fecha: 06-Sep-2021
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece que:
II.1. Cursa Folio Real con Matrícula 4.01.1.02.0004892, emitido el 28 de septiembre de 2020, en el que se registra como propietaria de inmueble a Imelda Guzmán Canaviri, ahora accionante (fs. 3).
II.2. Constan fotografías y un CD del bien inmueble de la impetrante de tutela (fs. 18 a 34).
II.3. Se tiene documento privado de contrato de alquiler de 5 de febrero de 2020, con reconocimiento de firmas y rúbricas, suscrito por los demandados con terceros (fs. 92 a 93 vta.).
II.4. Mediante cartas de 17 de abril y 4 de junio de 2019, el demandado, solicitó a la AEVIVIENDA el traspaso de vivienda en caso de reversión y apoyo para vivienda social, y al Viceministro de Vivienda y Urbanismo audiencia sobre viviendas de Huajara 2 “C” de Oruro (fs. 80 a 82).