SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0543/2021-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0543/2021-S4

Fecha: 14-Sep-2021

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1. Consta Certificación emitida por la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera (AJAM), respecto del detalle de Áreas Mineras de la Dirección de Catastro y Cuadriculado Minero, de 23 de enero de 2018, que consigna como Autorización Transitoria Especial por Cuadrícula (ex concesiones), a las siguientes áreas: i) Área Minera “ANTONIO”, con Código Único 8209, Padrón 101-00939, 4 Cuadrículas, siendo el actor productivo minera Antonio Giménez Gonzáles; y, ii) Área Minera “PABLO ANTONIO”, con Código Único 10576, Padrón 101-00065, 3 Cuadrículas, estableciendo como Actor Productivo Minero a Antonio Giménez Gonzáles (fs. 8 a 9).

II.2. Mediante Acta de Verificación, en la que van adjuntas placas fotográficas, labrada el 4 de noviembre de 2020, por Notaria de Fe Pública 3 de Sucre, se tiene que la misma se constituyó a la comunidad de Miskapampa, ubicada en el cantón Pojpo, provincia Oropeza del departamento de Chuquisaca, conjuntamente Pablo Antonio Giménez Gonzáles, a efectos de proceder con la verificación del camino de acceso a la concesiones mineras denominadas “ANTONIO” y “PABLO ANTONIO”, que de conformidad a la documentación presentada por el ahora accionante estas fueron autorizadas por la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera (AJAM), en favor de su persona. Trasladándose a un punto del camino en el que pudo advertir una tranca, construida con dos postes medianos de madera plantados en la tierra en ambos extremos del camino, una cadena metálica que une a ambos postes, asegurada a uno de los lados con candado, en la parte superior entre los postes un alambre de metal, que según refirió el hoy solicitante de tutela fue construido por Casiano Nava Paita, tranca ésta que no permite el paso de los cuatro camiones de la empresa de Pablo Antonio Giménez Gonzáles, encontrándose varados en ese sector (fs. 2 a 6).

II.3. Cursa NIT 1056342018, del contribuyente Pablo Antonio Giménez Gonzáles, respecto de la empresa industrial de fabricación de productos minerales no metálicos (fs. 14).

II.4. Consta Certificado de Actualización de Matrícula de Comercio, emitida por FUNDAEMPRESA concesionaria del Registro de Comercio en Bolivia, de 4 de noviembre de 2020; por el que, se certificó que la actividad declarada por la empresa unipersonal “Yesería Giménez”, de propiedad de Pablo Antonio Giménez Gonzáles, es la explotación de yeso con uso, tenencia, transporte y almacenaje de explosivos, elaboración y comercialización de yeso (fs. 15).

II.5. Se adjuntó disco compacto que contiene fotos y videos de los hechos generados por Casiano Nava Paita (fs. 16).