SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0556/2021-S4
Fecha: 13-Sep-2021
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa presentación de imputación formal de 10 de septiembre de 2020, contra Nelson Miguel Carrillo Condori, por la presunta comisión del delito de violación de infante de niña, niño o adolescente, perpetuado contra el accionante NN (fs. 36 a 42).
II.2. Mediante Informe Psicológico CITE: SMDS/DDM/UDIF-PAIF E/LINEA 156 CITE/151/2020 de 17 de abril, realizado al impetrante de tutela NN; por el cual, el Psicólogo recomendó el inicio de acciones correspondientes, terapia para la víctima y el seguimiento del caso por la Defensoría (fs. 4 a 6).
II.3. Informe Psicológico CITE: SMDS/DDM/DNA ESP-11/071/2020 de 15 de junio, efectuada al menor NN; por lo que, se concluyó que el nombrado presenta indicadores de abuso sexual, sugiriendo la prosecución de acciones legales y la declaración del menor en la Cámara Gessel (fs. 16 a 20).
II.4. Consta Informe de entrevista psicológica efectuada al solicitante de tutela NN, en la Cámara Gessel (fs. 26 a 32).
II.5. Cursa Requerimiento de 14 de septiembre de 2020; siendo que, Verónica Beatris Miranda Huanca, Fiscal de Materia –ahora demandada–, solicitó se realice la pericia psicológica a la víctima, a fin de establecer el daño psicológico, las secuelas o consecuencias del hecho y la credibilidad del testimonio (fs. 43), el cual fue objetado por memorial de igual fecha (fs. 47), emitiéndose en consecuencia el decreto de 15 de ese mes y año; por el cual, la autoridad demandada remitió tal objeción al superior jerárquico para “…lo que en derecho corresponda” (sic [fs. 48]).