SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0566/2021-S4
Fecha: 29-Sep-2021
II. CONCLUSIONES
Del análisis y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa Convocatoria a Concurso de Méritos y Examen de Competencia o Abierta departamental para optar el cargo de Médicos Especialistas REG. 001/2020 de 1 de agosto (fs. 7 a 11) y Adenda a la Convocatoria REG. 001/2020 de 10 de agosto (fs. 13 a 14).
II.2. Por nota de 9 de septiembre de 2020, se nominó ganador al cargo de postulación Ítem 5464 a José Bernardo Antezana Muñoz, médico intensivista (fs. 15).
II.3. Corre nota de 9 de septiembre de 2020, dirigida a Jesse Salvatierra Arias, médico intensivista, por la que se lo nomina como ganadora al cargo de postulación Ítem 5448 (fs. 16).
II.4. Mediante nota presentada el 11 de septiembre de 2020, dirigida a José Saúl Peredo Ledezma, Administrador Regional de Cochabamba de la CNS Regional Cochabamba, Jesse Salvatierra Arias –ahora solicitante de tutela– aceptó el cargo de médico intensivista y medicina crítica correspondiente al Ítem 5448 (fs. 17).
II.5. Según nota presentada el 11 de septiembre de 2020, dirigida a José Saúl Peredo Ledezma, Administrador Regional de la CNS de la Regional Cochabamba, José Bernardo Antezana Muñoz –impetrante de tutela– aceptó el cargo de médico intensivista y medicina crítica correspondiente al Ítem 5464 (fs. 18).
II.6. A través de la RA 0013/2020 de 15 de septiembre, el Comité encargado de la tramitación de la Convocatoria 001/2020 de 1 de agosto y la adenda de 10 de igual mes y año, determinó anular la misma, por ser contrarias al ordenamiento jurídico vigente y al Reglamento de Concurso de Méritos y Examen de Competencia (fs. 19 a 24).
II.7. Por memorial presentado el 26 de septiembre de 2020, dirigido al Administrador Regional y Jefe Médico de la CNS Regional Cochabamba; José Bernardo Antezana Muñoz, solicitó que se deje sin efecto y valor legal la Convocatoria 001/2020 y se le franquee fotocopias legalizadas (fs. 25).
II.8. Consta memorial presentado el 28 de septiembre de 2020, dirigido al Administrador Regional y Jefe Médico de la CNS Regional Cochabamba; por el que, Jesse Salvatierra Arias, pidió que se deje sin efecto y valor legal la Convocatoria 001/2020, así como que se le franquee fotocopias legalizadas (fs. 25).
II.9. A través de memorial presentado el 30 de septiembre de 2020, dirigido al Administrador Regional Cochabamba de la CNS, José Bernardo Antezana Muñoz y Jesse Salvatierra Arias, pidieron copia legalizada de los documentos que incumben a la RA 0013/2020 de 15 de septiembre (fs. 27).
II.10. Según Certificación de Acta 73/2020 de 8 de octubre, la Notaria de Fe Pública 47 de Cochabamba certificó haber acompañado a los accionantes a oficinas de administración de la Caja Nacional de Salud Regional Cochabamba, a objeto de solicitar información sobre los memoriales presentados por los solicitantes de tutela el 28 y 30 de septiembre de 2020, siendo informados por la Secretaria de dicha repartición que los mismos fueron remitidos a la oficina de Asesoría Legal (fs. 28).