SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0578/2021
Fecha: 28-Sep-2021
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución 050/2020 de 22 de octubre, cursante de fs. 90 a 92 vta., pronunciada por la Sala Constitucional del Tribunal Departamental de Justicia de Pando; y en consecuencia:
1º CONCEDER la tutela solicitada por el accionante, únicamente respecto al derecho a la petición;
2º DENEGAR en cuanto a los derechos al trabajo y la remuneración o salario justo; y,
3º Disponer se dé respuesta a lo solicitado por el accionante en el plazo de cuarenta y ocho horas, en caso que hasta la notificación con la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, no se hubiese emitido respuesta alguna.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. MSc. Carlos Alberto Calderón Medrano
MAGISTRADO
Fdo. MSc. Brigida Celia Vargas Barañado
MAGISTRADA