SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0581/2021-S3
Fecha: 06-Sep-2021
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa Auto de Vista de 10 de enero de 2020, emitido por la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, notificado personalmente a Sandra Ximena Sadud Paredes -hoy accionante- en la misma fecha (fs. 9 a 13 y 15).
II.2. Consta Certificado de envío a través del Buzón Judicial 68399 de 19 de octubre de 2020 que informa la interposición de esta acción de amparo constitucional por dicho medio alternativo de presentación de memoriales (fs.2).
II.3. Cursa carátula del Sistema Integrado de Registro Judicial (SIREJ) de 20 de octubre de 2020, bajo el Número de Registro Judicial (NUREJ) 9021140; por el cual, se aprecia la recepción de la acción tutelar de referencia (fs. 1).