SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0602/2021-S2
Fecha: 30-Sep-2021
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa recurso de casación de 4 de julio de 2019 (fs. 236 a 239 vta.), interpuesto por Oscar Edwin Carrillo Manel -hoy accionante- frente al Auto de Vista 29/2019 de 19 de junio, emitido por los Vocales de la Sala en Materia de Trabajo y Seguridad Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal de Justicia de Beni, en el marco del proceso laboral de pago de beneficios sociales seguido por Anaid Jackeline Rodríguez Gonzales contra el impetrante de tutela, bajo los siguientes argumentos:
a) Incorrecta valoración de la prueba de descargo consistente en la Sentencia condenatoria 22/2017 de 26 de octubre, habiéndose acreditado el despido justificado de la demandante de la causa laboral, pues ésta adecuó su conducta al ilícito penal previsto en el art. 326 incs. 1) y 6) del Código Penal (CP); extremo que además implica omisión del principio de verdad material.
b) El Auto de Vista cuestionado no se circunscribió a los puntos resueltos por el inferior en grado ni a aquellos que fueron objeto de apelación, incumpliendo lo regulado en el art. 265.I y III del Código Procesal Civil (CPC); y,
c) “Caso omiso” de los arts. 16 inc. g) de la LGT y 9 inc. g) de su Decreto Reglamentario.
II.2. Mediante Auto Supremo 88 de 20 de febrero de 2020, pronunciado por los Magistrados de la Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, se casó parcialmente el Auto de Vista 29/2019; y, deliberando en el fondo, se declaró probada en parte la demanda laboral, disponiendo que el hoy peticionante de tutela, cancele a favor de Anaid Jackeline Rodríguez Gonzales, la suma de Bs55 012,10.- (cincuenta y cinco mil doce 10/100 bolivianos [fs. 256 a 258]).