SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0616/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0616/2021-S3

Fecha: 06-Sep-2021

II. CONCLUSIONES

De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1. Por Resolución 78/2020 de 4 de marzo, Zacarías Javier Vargas Arancibia, Juez de Instrucción Penal Segundo de la Capital del departamento de La Paz -ahora coaccionado- dispuso la detención preventiva de Sergio Alejandro Terceros Pérez -hoy accionante- en el Centro Penitenciario San Pedro de La Paz, indicando que la representante del Ministerio Público, en cumplimiento del art. 233.3 del CPP, solicitó que esa detención, así como el tiempo requerido para efectuar los actos investigativos sea por el plazo de dos meses (fs. 15 a 17).

II.2. A través del memorial de 12 de mayo de 2020, el accionante solicitó al Juez ahora coaccionado que en el plazo máximo de cuarenta y ocho horas fije día y hora de audiencia de cesación de medidas cautelares de carácter personal impuesta, porque se cumplió el término solicitado por el Ministerio Público (fs. 17 vta. a 18 vta.).

II.3. Cursa acta de audiencia de consideración de cesación de la detención preventiva de 18 de mayo de 2020, en la que el Juez -hoy coaccionado- mediante Auto Interlocutorio 120/2020 de igual fecha, rechazó la solicitud del accionante, ante lo cual, la defensa del mismo, en el acto, de forma oral, formuló recurso de apelación incidental (fs. 20 vta. a 23 vta.).

II.4. Mediante Auto de Vista 192/2020 de 28 de mayo, Henry David Sánchez Camacho, Vocal de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz -ahora accionado- determinó la improcedencia de la apelación incidental formulada por el accionante y confirmó el Auto Interlocutorio 120/2020, emitido por el Juez hoy coaccionado (fs. 9 a 11 vta.).