SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0622/2021-S3
Fecha: 17-Sep-2021
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución de 17 de septiembre de 2020, cursante de fs. 52 a 57, emitida por el Tribunal de Sentencia Penal Tercero de la Capital del departamento de Cochabamba; y, en consecuencia:
1° CONCEDER la tutela solicitada respecto a Fernando Milko Cárdenas Cabero, Juez de Instrucción Penal y contra la Violencia hacia la Mujer Primero de la EPI-SUR del departamento de Cochabamba, por la advertida dilación en la falta de señalamiento de audiencia para considerar y resolver la solicitud de cesación de la detención preventiva de Wilber Meneses Flores, conforme a lo establecido en el párrafo segundo del art. 239 del CPP, y acorde a los fundamentos del presente fallo constitucional.
a) Disponer que Fernando Milko Cárdenas Cabero, Juez de Instrucción Penal y contra la Violencia hacia la Mujer Primero de la EPI-SUR del departamento de Cochabamba señale y celebre audiencia de consideración y resolución de la cesación de la detención preventiva solicitada por Wilber Meneses Flores mediante memorial de 9 de septiembre de 2020, sea en el plazo de veinticuatro horas a partir de su notificación con la presente resolución, siempre y cuando ello no hubiese ocurrido aun y/o la situación jurídica del accionante no hubiera variado.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori
MAGISTRADO
Fdo. MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
MAGISTRADA