SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAl 0631/2021-s3
Fecha: 17-Sep-2021
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y los arts. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional y 44.2 del Código Procesal Constitucional; en revisión, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución 07/2020 de 20 de agosto, cursante de fs. 19 vta. a 21, pronunciada por el Tribunal de Sentencia Penal Cuarto de la Capital del departamento de Santa Cruz; y en consecuencia:
1º CONCEDER en parte la tutela solicitada, respecto a la lesión del debido proceso en su elemento celeridad, vinculado a la libertad, en relación a la suspensión de la audiencia de 4 de agosto de 2020, ordenando a las autoridades accionadas que inmediatamente señalen audiencia y resuelvan, conforme corresponda en derecho la solicitud de cesación a la detención preventiva formulada por el peticionante de tutela, ello siempre y cuando que por el transcurso el tiempo la situación jurídica del prenombrado no hubiere variado, en razón a los principios de temporalidad y revisabilidad por las que se rigen las medidas cautelares personales; y,
2º Denegar la tutela impetrada, en relación a la denuncia de lesión del derecho a la defensa técnica y a la dilación del juicio oral, conforme los fundamentos expuestos en el presente fallo constitucional.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
MAGISTRADA
Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori
MAGISTRADO