SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0642/2021-S3
Fecha: 20-Sep-2021
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR en parte la Resolución 98/2020 de 21 de agosto, cursante de fs. 14 a 19 vta., pronunciada por la Sala Constitucional Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; y, en consecuencia;
1° CONCEDER en parte la tutela solicitada conforme a lo expuesto en los fundamentos jurídicos de este fallo constitucional, disponiendo:
a) Dejar sin efecto el trámite del recurso de apelación incidental y los actos procesales posteriores, debiendo los Vocales de la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en el plazo de cuarenta y ocho horas a partir de la notificación con esta Sentencia Constitucional Plurinacional, ordenar la notificación conforme a procedimiento del accionante y de su abogado de “confianza”, con el señalamiento de una nueva audiencia de consideración del recurso de apelación incidental, para que en dicho acto asuma su defensa y se dicte la resolución que corresponda; y,
2° DENEGAR la tutela solicitada con relación a su solicitud de calificación de la reparación integral del daño, conforme a lo expuesto en los fundamentos jurídicos de este fallo constitucional.
CORRESPONDE A LA SCP 0642/2021-S3 (viene de la pág. 15).
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori
MAGISTRADO
Fdo. MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
MAGISTRADA