SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0645/2021-S3
Fecha: 20-Sep-2021
II. CONCLUSIONES
De la revisión de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa Resolución Definitiva JD 2° 047/2018 de 19 de septiembre, por la que la Jueza Disciplinaria Segunda del Consejo de la Magistratura de Tarija, declaró probada la denuncia interpuesta contra Julia Mery Castañon Mogro, Jueza Pública de la Niñez y Adolescencia Primera de la Capital del citado departamento -ahora peticionante de tutela-, por la comisión de la falta disciplinaria grave establecida en el art. 187.14 de la LOJ, disponiendo la sanción de suspensión -de sus funciones- por dos meses sin goce de haberes; improbada la denuncia respecto a la comisión de la falta disciplinaria grave dispuesta en el numeral 2 del citado artículo, y desestimada la denuncia en relación a la supuesta comisión de la falta disciplinaria gravísima inserta en el art. 188.I.11 de la misma Ley; de igual manera, se declaró improbada la denuncia interpuesta contra la Secretaria del citado Juzgado (fs. 22 a 31).
II.2. Por memorial presentado el 1 de octubre de 2018, la ahora accionante interpuso contra la Resolución descrita ut supra recurso de apelación parcial en la forma y el fondo (fs. 32 a 39 vta.), mismo que fue resuelto por Resolución RSP-AP 26/2019 de 16 de enero, mediante la cual Omar Michel Durán y Dolka Vanessa Gómez Espada, Consejeros del Consejo la Magistratura -ahora accionados- confirmaron totalmente la Resolución Definitiva JD 2° 047/2018, determinación notificada a la impetrante de tutela el 30 de septiembre de 2019 (fs. 40 a 46 vta.).