SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0684/2021-S3
Fecha: 29-Sep-2021
II. CONCLUSIONES
De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa Dictamen 52136/2019 de 4 de junio, emitido por los miembros del Tribunal Médico de Calificación de la EEC, concluyéndose que Luis Humberto Arratia Tavera tuvo como origen de su muerte una enfermedad que corresponde a un riesgo común (fs. 18); asimismo, se tiene el Formulario de fecha de fallecimiento correspondiente a dicho Dictamen de 21 de febrero de 2019, pronunciado por el citado Tribunal (fs. 19).
II.2. Consta Nota GR.SCZ 3695/2019 de 27 de junio, pronunciada por la AFP FUTURO DE BOLIVIA S.A., por la cual se notificó en la misma fecha a Luis Alfredo Arratia Sainz -ahora coaccionante- con el Dictamen 52136/2019 (fs. 17).
II.3. A través del Auto de admisión de 15 de agosto de 2019, la entonces Directora Ejecutiva de la APS, dispuso el plazo de cinco días siguientes a la notificación con dicho Auto para que los derecho habientes de Luis Humberto Arratia Tavera puedan aportar prueba técnico-médica (fs. 62).
II.4. Mediante memorial presentado el 29 de agosto de 2019, a la entonces Directora Ejecutiva de la APS, el coaccionante adjuntó la prueba técnico-médica, solicitando que se modifique el Dictamen 52136/2019 con relación a la calificación de riesgo común a riesgo profesional (fs. 159 a 162 vta.).
II.5. Consta Dictamen 472/2019 de 9 de septiembre, emitida por Luis Quinteros Aillon y Rafael Cervantes, representantes del Tribunal Médico Calificador de Revisión de la APS -hoy coaccionados-, por el cual previo al análisis de la documentación acompañada concluyeron que la muerte de Luis Humberto Arratia Tavera, asegurado con matricula 900206 ATL tiene como origen un accidente que corresponde a riesgo común (fs. 14); y, su respectivo Formulario de fecha de siniestro que estableció como data del deceso el 21 de febrero de 2019 (fs. 15 a 16).
II.6. Cursa RA APS/DP/ 1592/2019 de 13 de septiembre, emitida por la entonces Directora Ejecutiva de la APS, por la que se aprobó el Dictamen 472/2019, el cual estableció que el origen de la muerte fue ocasionado por accidente, correspondiendo a un riesgo común y que el formulario señaló la fecha de fallecimiento el 21 de febrero de 2019 (fs. 10 a 13).
II.7. Mediante Nota GR.SCZ 5639/2019 de 25 de septiembre, pronunciado por la AFP FUTURO DE BOLIVIA S.A., se notificó con la RA APS/DP/ 1592/2019 al coaccionante el 10 de octubre de 2019 (fs. 9).