AUTO AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1a N° 117/2023
Tribunal Agroambiental Bolivia

AUTO AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1a N° 117/2023

Fecha: 01-Nov-2023

Antecedentes Procesales: Argumentos del recurso de casación

I.2. Argumentos del recurso de casación

El recurso de casación cursante de fs. 328 a 333 vta. de obrados, interpuesto por Gregorio Prieto Sánchez, impugnando la Sentencia 013/2023 de 31 de julio, pronunciada por el Juez Agroambiental de Santa Cruz, solicita se dicte resolución casando la resolución recurrida y declarando improbada la demanda de Desalojo por Avasallamiento en todas sus partes, con costas, argumentando que: 1) No se valoraron adecuadamente las pruebas de descargo presentadas como ser el Certificado de Tradición emitido por Derechos Reales, o la Certificación del Gobierno Autónomo Municipal de Cotoca, asimismo se habría omitido por completo hacer referencia a las pruebas testificales de Edwin Aramayo Limpias y Rolando Flores Bazan, valorando solo de forma parcial el Informe Técnico del personal de Juzgado Agroambiental de referencia; y, 2) Existió una errónea interpretación de Ley N° 477, dado que el avasallamiento debe ser considerado una acción de hecho, pero si es que existe un derecho propietario consolidado debe considerarse que la ocupación es de derecho, incurriendo la autoridad judicial en un exceso a tiempo de otorgar validez a un Folio Real y restar valor al otro.