Auto Gubernamental Plurinacional S1/0025/2008
Tribunal Agroambiental Bolivia

Auto Gubernamental Plurinacional S1/0025/2008

Fecha: 13-Dic-1979

II.-

II.- Hechos no Probados. Por la prueba precedentemente señaladas aportada durante la substanciación del proceso, se tiene los siguientes hechos no probados: 1) Que, si bien los demandados han probado la existencia de una servidumbre de acueducto y paso peatonal, a mas de probar este extremo, no lo han hecho respecto de los actos perturbatorios, es decir, probar que no han procedido a la apertura de un nuevo canal paralelo al camino peatonal y el canal servidumbral ya existentes, hechos materiales que de contrario son atribuibles a los demandados.