Auto Gubernamental Plurinacional S2/0058/2019
Fecha: 09-Sep-2019
Que, de conformidad al art. 87-I de la L. N° 1715, el recurso de casación debe presentarse ante el juez de instancia en el plazo de 8 días perentorios, computables a partir de su notificación con la sentencia, observando los requisitos señalados en el art. 273-I del Código Procesal Civil, plazo que por la perentoriedad dispuesta por Ley fenece en el...