Auto Gubernamental Plurinacional S2/0028/2020
Tribunal Agroambiental Bolivia

Auto Gubernamental Plurinacional S2/0028/2020

Fecha: 15-Sep-2020

POR TANTO:

POR TANTO: La Sala Segunda del Tribunal Agroambiental, en mérito a la facultad conferida por los arts. 189 numeral 1) de la Constitución Política del Estado, arts. 4 parágrafo I, numeral 2), 11, 12 y 144 parágrafo I inc.1) de la Ley N° 025, arts. 36 numeral 1) y 87 parágrafo IV de la Ley N° 1715 modificada por la Ley N° 3545 y en virtud de la jurisdicción que por ella ejerce, de conformidad al art. 220 parágrafo IV, 271 de la Ley N° 439, aplicable supletoriamente a la materia por disposición del art. 78 de la Ley N° 1715; dispone CASAR el Auto Interlocutorio Definitivo, cursante de fs. 1553 a fs. 1555 de obrados, pronunciado por el Juez Agroambiental de Yapacaní del departamento de Santa Cruz; y, deliberando en el fondo, declara IMPROBADA la excepción de incompetencia planteada por el demandado, disponiendo que la mencionada autoridad judicial conozca el proceso en cuestión y tramite la causa hasta emitir sentencia de acuerdo a las normas de procedimiento que rigen la materia.