Auto Gubernamental Plurinacional S2/0035/2020
Tribunal Agroambiental Bolivia

Auto Gubernamental Plurinacional S2/0035/2020

Fecha: 16-Oct-2020

II. Actos procesales relevantes.

II.1. A fs. 4 de obrados, consta fotocopia simple del Título Ejecutorial N° PSC-NAL-000080 de 3 de enero de 2018, a nombre de las Fuerzas Armadas del Estado- Ejercito.

II.2. A fs. 5 de obrados, consta Folio Real Original con Matrícula N° 8.02.0.20.0000056, con asiento N° 1 a favor de las Fuerzas Armadas del Estado- Ejercito.

II.3. De fs. 24 a fs. 25 y vta., consta Acta de Audiencia de Inspección Ocular de 27 de septiembre de 2019, efectuada en el predio denominado RI- 17 Independencia Riosinho.

II.4. De fs. 34 a fs. 40, el Informe técnico del Ing. Maikol Vásquez Suarez que señala en las conclusiones;" que los demandados que tienen sus cultivos dentro del predio RI.17 Independencias Riosinho, se encuentran en la actualidad asentados en el predio en el 100 %".

II.5. A fs. 43, consta el acta de Audiencia Pública de fecha 16 de octubre de 2019, mismo que otorga un plazo de 10 días a partir de la notificación a la parte demandante para acreditar la representación de las Fuerzas Armadas en el Proceso Judicial.

II.6. De fs.51 a fs. 54, cursa Testimonio Poder Original N° 618/2019 de 18 de octubre de 2019.

II.7. A fs. 55, cursa certificación emitida por el Sr. Carlos Safady Guardia 1er vicepresidente de la Asociación de Ganaderos de Guayaramerín, mediante la cual informa que el Sr. Eusebio Ticona Laura, no es socio ni afiliado de la Asociación de Ganaderos de Guayaramerín.

II.8. De fs. 67 a fs. 68, cursa Informe Técnico Pericial N° 32/2019 de fecha 29 de octubre de 2019, "Adicional" de Desalojo por Avasallamiento en el cual el Ing. Maikol Vásquez Suarez, señala que no existe actividad agrícola o ganadera, ni mejoras dentro del predio por parte de los militares por el simple hecho que están destinados a actividades tácticas militares, tal y como establece el Decreto Supremo N° 243 de 07 de agosto de 2009.

II.9. A fs. 88 de obrados, cursa certificación emitida por el INRA Beni, estableciendo al Sr. Eusebio Ticona Laura como beneficiario de la comunidad Campesina "18 de junio", Expediente Titulado I-3292.

II.10. De fs. 107 a fs. 113 de obrados, cursa el acta de audiencia de fecha 28 de febrero de 2020, mediante el cual se resuelve lo referente al poder de la parte demandante, presentado dentro de plazo; así también con relación a la audiencia de inspección ocular y la promoción de la conciliación por parte de la autoridad judicial.