AUTO INTERLOCUTORIO DEFINITIVO S1ª Nº 55/2023
Tribunal Agroambiental Bolivia

AUTO INTERLOCUTORIO DEFINITIVO S1ª Nº 55/2023

Fecha: 16-Nov-2023

Antecedentes

I.             ANTECEDENTES

Que, el memorial de compulsa interpuesto por Sofía Pereira Maldonado y Olimpia Pereira Maldonado, en contra del Auto de 07 de septiembre de 2023, emitido por el Juez Agroambiental de Punata, que rechazó el recurso de casación interpuesto mediante memorial que en copia legalizada cursa en el legajo de compulsa de fs. 89 a 92 vta.; se sustenta en los siguientes argumentos:

Sostienen que, interpusieron recurso de casación mediante escrito de 21 de agosto de 2023, en contra de la Sentencia N° 14/2023 de 9 de agosto de 2023, recurso que habría sido enviado a través del Buzón Judicial en fecha 21 de agosto de 2023 a horas 23:13, conforme cursaría en el Certificado de Envío, y que el recurso fue rechazado por el Juez A quo, mediante Auto de 07 de septiembre de 2023, bajo el fundamento de que dicho recurso habría sido presentado fuera del plazo establecido en el art. 87.I de la Ley N° 1715.

Agrega que, si bien el Juez está aplicando la Ley mediante el referido Auto, no sabría cual el motivo o contratiempos que hubiera tenido la parte para presentar el recurso de casación en horario hábil; con lo que refiere que el Juzgador estaría vulnerando el principio de Verdad Material y prevalencia del derecho sustancial sobre el formal, conforme habría sido expuesto por la SCP 1662/2022 de 01 de octubre la cual cita; agrega que el Juez habría aplicado el derecho formal inflexiblemente, sin tomar en cuenta que no es posible admitir la exigencia de extremados ritualismos o formalismos que imposibilitan la materialización de la Justicia, para ello cita la SCP 819/2020-S4 de 15 de diciembre y la SCP 0242/2022-S4 de 3 de mayo.

Por lo expuesto, de conformidad al art. 279 de la Ley N° 439, aplicable supletoriamente, interpone recurso de compulsa contra el Auto de 07 de septiembre de 2023, para que se ordene dar curso al recurso de casación interpuesto por su parte.