AUTO INTERLOCUTORIO DEFINITIVO S1ª Nº 55/2023
Tribunal Agroambiental Bolivia

AUTO INTERLOCUTORIO DEFINITIVO S1ª Nº 55/2023

Fecha: 16-Nov-2023

Fundamentos Legales

II.            FUNDAMENTOS LEGALES

Que, el recurso de compulsa conforme lo estipulado en el art. 279 del Código Procesal Civil, aplicado por supletoriedad del art. 78 de la Ley N° 1715, procede contra la negativa del recurso de casación por la parte que se sienta afectada en su derecho, considerando que hubo un rechazo ilegal, podrá hacer uso del mismo, a efectos de obtener un pronunciamiento judicial del superior en grado, el cual dispondrá, ya sea que se admita el recurso indebidamente rechazado emitiéndose la provisión compulsoria respectiva, o que, establezca que el Juzgador ha actuado correctamente al disponer el rechazo del recurso.

Que, las sentencias y/o autos definitivos emitidos por los Jueces Agroambientales, podrán ser impugnados únicamente mediante recursos de casación, conforme lo establece el art. 87.I de la Ley N° 1715; y que los autos simples, en materia agraria, conforme lo establece el art. 85 de la Ley N° 1715, admiten sólo el recurso de reposición, cuya resolución, no permite recurso ulterior alguno; en ese contexto, los alcances y la competencia del Tribunal Agroambiental, que concede la compulsa en materia agroambiental, se circunscribe únicamente a verificar si la negativa de la concesión del recurso de casación corresponde o no a una correcta aplicación del derecho.