Antecedentes Procesales
I. ANTECEDENTES PROCESALES
De los antecedentes, se evidencia que la parte interesada, Comunidad Campesina “La Galaxia” representada por su Secretario General Nolberto Tapia Trujillo, fue notificada con la Resolución Administrativa RA-SS N° 0196/2023 de 14 de junio de 2023, en fecha 17 de junio de 2023, conforme se desprende de la diligencia de notificación que cursa en copia simple a fs. 14 de obrados y en copia legalizada a fs. 102 de obrados; asimismo, se advierte que la referida demanda Contencioso Administrativa fue presentada en éste Tribunal mediante Buzón Judicial, en fecha 17 de julio de 2023 a horas 18:31:20, conforme se constata del Certificado de Envío a través del Buzón Judicial N° 272494 cursante a fs. 15 de obrados, dato corroborado por el Informe CITE: TA/GSA B° 13/2023, mediante el cual la Responsable del Gestión de Servicios Agroambientales del Tribunal Agroambiental, informa que la demanda de autos fue presentada mediante Buzón Judicial en fecha 17 de julio a horas 18:31.
Que mediante providencia que cursa a fs. 145 de obrados, por el principio de Dirección, se dispuso que el impetrante aclare y fundamente si la demanda ha sido presentada en tiempo hábil, considerando que la misma fue presentada el 17 de julio de 2023 a horas 18:31:20 y que el art. 90.III de la Ley N° 439 de aplicación supletoria en materia agroambiental, refiere que “Los plazos vencen el último momento hábil del horarios de funcionamiento de los juzgados y tribunales del día respectivo…”, concediéndose el plazo de 10 días hábiles para efectuar dicha aclaración.
Que, la parte interesada se pronuncia sobre la indicada providencia, mediante memorial cursante de fs. 175 a 176 vta. de obrados, inicialmente remitido vía Buzón Judicial conforme se constata del Certificado de Recepción en Plataforma a través de Buzón Judicial, cursante a fs. 147 de obrados, mediante el cual sostiene que su demanda contencioso administrativa fue presentada a este Tribunal, mediante el Sistema Informático de Buzón Judicial en fecha 17 de julio de 2023 a horas 18:31, es decir dentro de las 24 horas del día lunes 17 de julio de 2023 y por consiguiente dentro de los treinta días que señalaría el art. 68 de la Ley N° 1715, por lo que pide se admita dicha demanda. Asimismo, adjunta copia simple de la SCP 0242/2022-S4 de 3 de mayo, la cual habría dado un razonamiento sobre la presentación de memoriales y recursos mediante Buzón Judicial.
