Por Tanto 1
La Sala Primera del Tribunal Agroambiental, sin entrar en mayores consideraciones legales, declara INADMISIBLE la demanda contencioso administrativa de fs. 17 a 19 de obrados de obrados, por haberse presentado de manera extemporánea.
Providenciando a los otrosíes del memorial cursante de fs. 175 a 176 vta. de obrados:
OTROSÍ PRIMERO. - Notifíquese en el domicilio procesal señalado en Secretaria de Sala Primera del Tribunal Agroambiental; para las notificaciones electrónicas regístrese previamente en el sistema Hermes.
OTROSÍ SEGUNDO. - Se tuvo presente.
OTROSÍ TERCERO. - Estese a lo determinado por el presente Auto Interlocutorio Definitivo.
Regístrese, notifíquese y archívese. -
