Fundamentos Juridicos
II. FUNDAMENTOS JURIDICOS
Que, el recurso de compulsa conforme lo establecido en el art. 279 del Código Procesal Civil, aplicado por supletoriedad del art. 78 de la Ley N° 1715, procede cuando fuere negado el recurso de casación, y la parte que se sienta afectada en su derecho, considerando que hubo un rechazo ilegal, podrá hacer uso del mismo, a efectos de obtener un pronunciamiento judicial del superior en grado.
Que, las sentencias y/o autos definitivos emitidos por los Jueces Agroambientales, podrán ser impugnados únicamente mediante recursos de casación, conforme lo establece el art. 85 de la Ley N° 1715, admiten sólo recurso de reposición, cuya resolución, no permite recurso ulterior alguno; en ese contexto, los alcances y la competencia del Tribunal Agroambiental, que concede la compulsa, se circunscribe únicamente a verificar si la negativa de la concesión del recurso es legítima o no.
De la resolución que declara inadmisible el recurso de nulidad, lo argumentado por la compulsante y los antecedentes remitidos, se desprende lo siguiente:
El Juez Agroambiental de Yapacani por Auto Interlocutorio Simple N° 30/2023 de 12 de junio de 2023 declara por reconocida la firma y rúbrica de Tina Vera Padilla en el documento privado de compra y venta de 14 de enero de 2016, estableciéndose la autenticidad y efectividad del referido documento de compra y venta, el mismo fue notificado y mediante memorial de fs. 29 y 30 de obrados la compulsante plantea recurso de nulidad, el mismo que es declarado Inadmisible mediante Auto Interlocutorio Simple N° 046/2023 de 13 de septiembre de 2023 cursante a fs. 32 y vta. de obrados, para posteriormente plantear el recurso de compulsa.
- Encabezado
- Antecedentes Procesales: Argumentos del Auto Interlocutorio Simple de 13 de septiembre de 2023, emitido por el Juez Agroambiental de Yapacani del departamento de Santa Cruz, que deniega la concesión del recurso de nulidad;
- Antecedentes Procesales: Argumentos del recurso de compulsa interpuesto por Tina Vera Padilla.
- Fundamentos Juridicos
- Analisis Del Caso Concreto
- Por Tanto 1
