AUTO INTERLOCUTORIO DEFINITIVO S1ª N° 14/2023
Tribunal Agroambiental Bolivia

AUTO INTERLOCUTORIO DEFINITIVO S1ª N° 14/2023

Fecha: 24-Abr-2023

Antecedentes: Actuados procesales relevantes

I.1. Actuados procesales relevantes

Que, corresponde efectuar una somera relación de los principales actuados procesales cursantes en el legajo de recusación remitido, a fin de resolver conforme a derecho el incidente promovido; en ese sentido, se tiene:

I.1.1. Cursa de fs. 3 a 4 vta. del legajo de recusación, copia de memorial, dirigido al Juez Público Mixto Civil y Comercial de Familia Niñez y Adolescencia y Cautelar N° 1 de Independencia, sobre apersonamiento y planteamiento de recurso de reposición bajo alternativa de apelación de Oscar Humberto Graneros Almanza y Marcela Claudia López Villarroel, representados legalmente por Mario Ángel Astete Arias, como demandados que se apersonaron al proceso iniciado por María Argote Rosales de Graneros, pidiendo al Juez de la causa se deje sin efecto la declinatoria de competencia dispuesta por la autoridad judicial en el señalado proceso, no cursa la providencia a dicho petitorio como tampoco los actuados de notificación respectivos.

I.1.2. Cursa de fs. 6 a 8 vta., del legajo de recusación, memorial de apersonamiento, oponiendo saneamiento procesal, nulidad de obrados y recusación, presentado ante el Juez Agroambiental con asiento Judicial en Independencia – Cochabamba, interpuesto por el apoderado de Oscar Humberto Graneros Almanza y Marcela Claudia López Villarroel, adjuntando medio probatorio a fs. 5 del legajo a los efectos de la recusación planteada; mereciendo como respuesta el decreto de fs. 9 de los antecedentes de 20 de marzo de 2023, el cual corre traslado a la parte contraria con la nulidad de obrados y la recusación.

I.1.3. Cursa de fs. 15 a 16 vta. de obrados, Informe Explicativo sobre la recusación interpuesta en contra de Jesús Padilla Aguilar – Juez Agroambiental de Independencia – Cochabamba, explicando las razones de orden legal por las cuales no se allanó a la recusación interpuesta en su contra, adjuntando como prueba copias del Auto de 21 de marzo de 2023, cursante de fs. 11 a 12 de los antecedentes, mediante el cual el Juez Agroambiental de Independencia, rechaza la recusación deducida y copia de Auto de 11 de octubre de 2022 dictado en el proceso, mediante el cual confiere plazo a la parte actora para reformular y adecuar al procedimiento agrario la demanda interpuesta, actuados que cursan de fs. 11 a 13 del legajo de recusación.