Por Tanto 1
POR TANTO: La Sala Segunda del Tribunal Agroambiental, de conformidad con lo
dispuesto en el art. 36.5 de la Ley N° 1715 y la parte in fine del art. 333 del
Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente a la materia por
mandato expreso del art. 78 de la Ley N° 1715 y vigente por la permisibilidad
establecida en la Disposición Final Tercera de la Ley N° 439, tiene POR NO PRESENTADA la demanda de Nulidad
de Titulo cursante de fs. 50 a 60 de obrados, interpuesta por Epifania Quinteros Alanis, disponiendose en consecuencia el archivo de obrados.
Regístrese y
notifíquese.
Fdo.
ANGELA SANCHEZ
PANOZO MAGISTRADA SALA
SEGUNDA
ELVA TERCEROS
CUELLAR MAGISTRADA SALA
SEGUNDA
