POR TANTO:
POR TANTO: La Sala Primera del Tribunal Agroambiental, administrando justicia en única instancia, en ejercicio de la atribución 3 del art. 189 de la C.P.E., concordante con lo dispuesto en el art. 144 numeral 4) de la Ley Nº 025; FALLA declarando IMPROBADA la demanda contenciosa administrativa, cursante de fs. 13 a 22 y memoriales de subsanación cursantes a fs. 35 y vta., a fs. 39 y vta., de fs. 44 a 45, de obrados, interpuesta por Julia Estrada Galarza Vda. de Gutiérrez, José María Gutiérrez Estrada e Hipólito Gutiérrez Estrada, impugnado la Resolución Administrativa RA - SS N° 0698/2017 de 11 de mayo de 2017 emitida dentro del proceso de Saneamiento Simple de Oficio (SAN-SIM), respeto al polígono N° 412 de los predios denominados "Potrero el Ceibo", "Jasmines", "Potrero San Juan", "El Campo", "Potrero el Ceibo", "Rosas y Lirios", "San José", "Finca el Taco" y "El Trebol", ubicados en el municipio Tarija, provincia Cercado del departamento de Tarija; en consecuencia se tiene firme y subsistente la Resolución Administrativa impugnada.