SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1ª Nº 102/2019
Tribunal Agroambiental Bolivia

SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1ª Nº 102/2019

Fecha: 26-Sep-2019

Considerando 3

CONSIDERANDO: Que, la parte actora no ejerció el derecho a réplica, conforme se desprende del Informe de Secretaría de Sala Primera N° 68/2019, cursante de fs. 335 a 336 vta. de obrados, por consiguiente, tampoco consta el ejercicio de la dúplica por parte de las autoridades demandadas.

Cursa decreto de fs. 337 de obrados, mediante el cual se dispone la intervención de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Bosques y Tierra (ABT), a través de su Director Ejecutivo, para su intervención en calidad de tercero interesado, procediéndose de esa manera a su notificación mediante orden instruida, conforme se evidencia del asiento de notificación cursante a fs. 388 de obrados; pese a ello, no cursa que esta institución se haya apersonado al proceso a objeto de asumir defensa.

Finalmente, mediante decreto de fs. 396 de obrados, en atención a los memoriales de fs. 209 y vta. y de fs. 306 y vta., de obrados, se tiene por apersonado a Abel Pedro Mamani Marca, Director Ejecutivo del Servicio Nacional de Áreas Protegidas (SERNAP), sin que el mismo hubiere efectuado alguna fundamentación respecto a la demanda contencioso administrativa de autos.