SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1a N° 027/2023
Fecha: 20-Jul-2023
Por Tanto 1
La Sala Primera del Tribunal Agroambiental, impartiendo justicia en única instancia, en mérito a la potestad conferida por el art. 189.3 de la CPE concordante con lo dispuesto en el art. 36.3 de la Ley N° 1715 modificada por la Ley N° 3545 y el art. 144.I.4 de la Ley N° 025; FALLA declarando:
1.- PROBADA, la demanda contencioso administrativa, cursante de fs. 18 a 27 presentada vía correo institucional y posteriormente remitida en original que cursa de fs. 60 a 69 de obrados, memoriales de subsanación de fs. 86 y 90, 116 y vta., 121 y 139 de obrados, interpuesta por el Viceministro de Tierras, impugnando la Resolución Suprema N° 26383 de 7 de julio de 2020.
2.- Se declara NULA la Resolución Suprema N° 26383 de 7 de julio de 2020, pronunciada dentro del Proceso de Saneamiento de Tierras de Origen (SAN-TCO), respecto del Polígono N° 564, correspondiente a los predios “San Pablo” y “Villa Cariño”, ubicados en el municipio Magdalena, provincia Itenez del departamento del Beni.
3.- Se ANULA OBRADOS hasta el Informe en Conclusiones Saneamiento de Oficio (SAN-TCO), de fecha 31 de marzo de 2016, cursante a fs. 1103 inclusive, debiendo emitir un nuevo Informe, en estricta observancia a los fundamentos y contenidos en el presente fallo.
4.- NOTIFICADAS que sean las partes con la presente sentencia, devuélvanse los antecedentes del proceso de saneamiento anexo, al Instituto Nacional de Reforma Agraria en el plazo máximo de 30 días, previa digitalización de las piezas principales.
Regístrese, notifíquese y archívese.-